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CONSORCIO ENTREGA DIPLOMA Y COMPUTADORAS A PARTICIPANTES

Consorcio entrega diploma y computadoras a participantes

  

  Recientemente el Municipio de Fajardo y el Consorcio del Noreste llevaron a cabo la actividad final de curso de servicios Integrados, en el salón de actividades del restaurante “Rosa Sea Food”.

 

  El curso incluyo Ingles básico, empresarial e introducción a la computadora. Por los pasados cuatro meses los participantes tuvieron la oportunidad de adquirir conocimientos en dichos cursos, además recibieron un incentivo por su participación.

 

  Con la participación de este grupo son ya más de 900 participantes que se han beneficiado de este curso de servicios integrados.

 

  Los participantes como incentivo adicional recibieron computadoras e impresoras por parte del Alcalde de Fajardo,  Hon. Aníbal Meléndez Rivera.

 
REGLAMENTO PARA LA DECLARACION Y ERRADICACION DE ESTORBOS PUBLICOS EN EL MUNICIPIO DE FAJARDO

  El 23 de enero de 2006 fue aprobada la Ordenanza Numero 23, Serie 2005-2006, para adoptar el Reglamento para la Declaración y Erradicación de Estorbos Públicos en el Municipio de  Fajardo.  Mediante la adopción de dicho reglamento, la Administración Municipal de Fajardo pretende erradicar de nuestro municipio aquellas estructuras o solares que por sus condiciones de deterioro  representen un riesgo para la ciudadanía y deslucen nuestro medio ambiente.   Hemos preparado este resumen informativo con el  propósito de mantener a los residentes de Fajardo informados y a su vez para recabar su colaboración en nuestro esfuerzo de brindarles un ambiente  urbano saludable y seguro. 

Obligaciones de los Ciudadanos Residentes del Municipio de Fajardo. 

1.       Mantener el interior y la fachada o exterior de sus propiedades residenciales, comerciales o  industriales limpias y libres de escombros, desperdicios o chatarra de forma que no afecten el ornato del vecindario o representen peligro para la seguridad de los ciudadanos.

2.       Aquellos dueños o encargados de edificaciones que se encuentren desocupadas deberán mantenerlas en buen estado y tomarán todas las medidas precautorias necesarias para que la edificación no sea utilizada para realizar actos ilegales, delictivos, inmorales o como depósito de desperdicios y/o basura.

3.        Los dueños o encargados de terrenos o solares deberán mantenerlos limpios, libres de escombros, chatarra, desperdicios, y en condiciones que no representen un peligro para la seguridad y salubridad de la comunidad.

4.       Todo dueño o encargado de una estructura desocupada o de un terreno o solar deberá tomar las medidas necesarias para evitar que dicha edificación o solar se convierta en albergue ilegal de personas o animales.

5.         Todo dueño o encargado de una estructura utilizada como vivienda deberá mantenerla en buen estado; que sus alrededores se encuentren libres de escombros, chatarra y desperdicios; que cuenten con los servicios de luz y agua; que cuenten con buena ventilación y con facilidades sanitarias; y que no representen un riesgo a la salud y la seguridad de sus ocupantes o el  vecindario.

6.        Todo dueño de rótulos colocados como anuncios deberá velar porque los mismos se encuentren en buen estado, que no afeen los alrededores y que no representen un peligro para la seguridad de los ciudadanos; además de cumplir con las órdenes, resoluciones, leyes y reglamentos aplicables a la colocación de rótulos y/o anuncios. 

el incumplimiento con las obligaciones antes mencionadas conllevará la imposición de multas administrativas.

MULTAS ADMINISTRATIVAS

Primera Multa Administrativa: $150.00, concediéndole un término de quince (15) días para limpiar, arreglar o realizar reparaciones.  De no cumplir con lo solicitado en el término concedido se le podrá imponer una  segunda multa administrativa.

Segunda Multa Administrativa: $225.00 y término adicional de 15 días para limpiar, arreglar o realizar reparaciones. De no cumplir con lo solicitado en el término concedido se le podrá imponer una tercera  multa    administrativa.

Tercera Multa Administrativa: $350.00 y término adicional de 15 días para limpiar, arreglar o realizar      reparaciones.  De no cumplir con lo solicitado en el término concedido se le podrá referir para que se inicie el    procedimiento para la declaración y erradicación de estorbos públicos.El procedimiento para la declaración y erradicación de estorbos públicos podrá iniciarse por iniciativa del Comisionado de la Policía Municipal, a petición del Alcalde y por la presentación de una querella por un ciudadano y por la presentación de querellas de por los menos cinco (5) ciudadanos cuando se trate de vivienda inadecuada.

 
MUNICIPIO DE FAJARDO CIERRA CON SUPERÁVIT AÑO FISCAL 2005-2006...

Con un corazón fortalecido y renovado el Hon. Aníbal Meléndez Rivera, Alcalde presentó su Informe de Finanzas y Actividades Administrativas correspondiente al año fiscal 2005-2006. En el mismo destacó su capacidad administrativa dando a conocer que la cantidad del superávit con la que cuenta el ayuntamiento es ascendente a $1,928,589.85, esto no empecé a la difícil situación fiscal que atraviesa el país sin olvidar que no ha recibido ayuda económica para desarrollar obras de infraestructura por parte del gobierno central. Sobre el particular señaló que se invirtió la suma de $2, 031,050.71 para la culminación de proyectos municipales.

 

Además mencionó que gracias a sus gestiones se lograron terminar dos grandes proyectos estatales que contribuyen a “mejorar la calidad de vida en la región y que a la vez promueven el desarrollo de futuros proyectos de vivienda y comercio”. Estos fueron: El Acueducto del Noreste y la Planta de Tratamiento, ambos ubican en el sector Quebrada Vueltas en Fajardo. Asimismo destacó el reciente anuncio en cuanto a la disponibilidad de fondos para el desarrollo del tan esperado proyecto de Construcción de Diques en el Río Fajardo, por parte del Comisionado Residente en Washington, Luis Fortuño y el representante del Cuerpo de Ingenieros de los Estados Unidos en Puerto Rico.

 

 
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