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DEBERES DEL PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA
- Representar y comparecer a nombre de la Legislatura en todos los actos oficiales y jurídicos.
- Convocar a las Sesiones Ordinarias y a las Sesiones Extraordinarias de la Legislatura.
- Formular el orden de los asuntos a considerarse en cada Sesión.
- Dirigir los trabajos de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Legislatura.
- Nombrar a los miembros de las Comisiones Permanentes y de las Comisiones Especiales.
- Suscribir las actas de las sesiones de la Legislatura y firmar toda ordenanza y resolución debidamente aprobada.
- Autorizar las licencias de vacaciones, enfermedad y otras del Secretario y de los empleados de la Legislatura.
- Administrar la asignación presupuestaria de la Legislatura.
- Ejercer las funciones propias de jefe administrativo de la Legislatura, y en tal capacidad, dirigir y supervisar las actividades y transacciones de la Legislatura y de la Secretaría.
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